La Dirección General de Ingresos (DGI) ha reiterado el compromiso de cada contribuyente en Panamá para cumplir con la obligación de emitir facturas en todas las transacciones comerciales. Esta normativa se enmarca en la Ley 256 de 26 de noviembre de 2021, que modifica la Ley 76 de 1976, y establece que todas las personas que realicen actividades de comercio en el país deben emitir una factura o documento equivalente para acreditar la operación.
La DGI ha subrayado que la emisión de facturas es esencial para asegurar la transparencia en las transacciones y facilitar el control tributario. Los métodos autorizados para la emisión de facturas incluyen:
- Equipos fiscales con dispositivos de transmisión.
- Sistema de Factura Electrónica de Panamá.
- Facturas convencionales, aplicables únicamente a profesiones libres.
El Uso de Pre-Cuentas Será Sancionado
Un punto clave que ha recalcado la DGI es la prohibición del uso de pre-cuentas como sustituto de las facturas. Esta práctica, común en algunos establecimientos comerciales, será sancionada de acuerdo con la Resolución 201-10585 de diciembre de 2023. La ley busca garantizar que las operaciones comerciales queden debidamente documentadas mediante facturas legales, evitando el uso de prácticas que puedan comprometer la transparencia.
El cumplimiento de estas normas no solo es vital para evitar sanciones, sino también para contribuir al fortalecimiento de la economía formal y garantizar la equidad tributaria en el país. La DGI invita a todos los contribuyentes a familiarizarse con las normativas vigentes y asegurar la correcta emisión de facturas en cada transacción.
La Dirección General de Ingresos reitera el compromiso de facturación de cada contribuyente. pic.twitter.com/cvuTA1sb4C
— DGI PANAMA (@DGIpma) September 6, 2024