El Consejo de Gabinete autorizó este martes a la ministra de Gobierno, Dinoska Montalvo, a presentar ante la Asamblea Nacional el proyecto de ley No. 8-26, “que adiciona el artículo 169-A del Código Penal”

ADIÓS AL ANONIMATO EN PROTESTAS: El Ejecutivo busca sancionar el uso de máscaras y capuchas

El panorama de las manifestaciones públicas en Panamá se prepara para una transformación legal significativa. El Consejo de Gabinete ha dado luz verde a una propuesta que busca eliminar el velo de impunidad que, según las autoridades, otorgan las prendas que ocultan el rostro durante los disturbios.

La estrategia denominada ADIÓS AL ANONIMATO EN PROTESTAS: El Ejecutivo busca sancionar el uso de máscaras y capuchas se define como una medida legislativa que adiciona el Artículo 169-A al Código Penal, con el objetivo de penalizar a quienes utilicen elementos de ocultación facial para incitar a la violencia, el odio o la intimidación en concentraciones públicas.

Un cambio en la seguridad jurídica del Estado

Bajo la dirección de la ministra de Gobierno, Dinoska Montalvo, el proyecto de ley No. 8-26 será presentado ante la Asamblea Nacional. Esta iniciativa no busca prohibir la protesta en sí, sino regular el comportamiento de los asistentes, enfocándose en la transparencia de la identidad como mecanismo de prevención del delito.

Actualmente, el Artículo 169 ya establece protecciones para las reuniones pacíficas, sancionando con prisión de uno a tres años a quien impida ilegalmente un acto lícito. Sin embargo, el nuevo articulado va un paso más allá al enfocarse en el agresor que se esconde tras una máscara.

Las nuevas sanciones bajo el Artículo 169-A

La propuesta establece una jerarquía de penas dependiendo de la gravedad de la conducta y las consecuencias del acto vandálico:

  • Pena base (2 a 4 años): Se aplicará a quien use capuchas, pasamontañas, máscaras u otros medios para ocultar el rostro con el fin de provocar o incitar actos de violencia o intimidación.
  • Pena agravada (4 a 6 años): Se impondrá si el anonimato facilita o encubre delitos contra la vida, la integridad personal, el patrimonio o la administración pública.
  • Independencia del delito: Estas penas se aplicarán sin perjuicio de las sanciones correspondientes por los delitos específicos cometidos (robos, lesiones, daños a la propiedad).

Implicaciones para el derecho a la manifestación

El debate editorial se centra en el equilibrio entre el derecho constitucional a la protesta y el deber del Estado de garantizar la paz social. Los defensores de la medida argumentan que el uso de máscaras suele estar vinculado a grupos de choque que desvirtúan las causas sociales legítimas mediante el vandalismo.

Por otro lado, sectores de la sociedad civil vigilan de cerca que esta normativa no sea utilizada como una herramienta de persecución política o para inhibir la participación ciudadana en la esfera pública.

Preguntas Frecuentes sobre ADIÓS AL ANONIMATO EN PROTESTAS: El Ejecutivo busca sancionar el uso de máscaras y capuchas

¿Es ilegal usar una máscara en cualquier protesta?

No, la sanción se aplica específicamente cuando el uso de la máscara tiene el propósito de provocar, realizar o incitar actos de violencia, odio o intimidación. El enfoque está en la intención delictiva.

¿Qué sucede si alguien oculta su rostro pero no comete actos violentos?

La ley propuesta vincula la sanción a la incitación o realización de actos de violencia. Si no hay una conducta delictiva o intimidatoria asociada, el texto legal no establece la misma penalidad.

¿Quién presentó esta iniciativa de ley?

La iniciativa fue autorizada por el Consejo de Gabinete y será presentada formalmente por la ministra Dinoska Montalvo ante la Asamblea Nacional para su debate y aprobación.

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