La Tarde de Hoy el Lic. Francisco Zappi interpuso una denuncia Ciudadana contra el señor Ubaldo Vallejos por posibles delitos Penales especialmente el Blanqueo de Capitales.
PROCESO DE DENUNCIA CIUDADANA
HONORABLES SEÑORES DEL MINISTERIO PÚBLICO, E.S.D.:
Quién suscribe, FRANCISCO ZAPPI, varón, panameño, mayor de edad, abogado en ejercicio de la noble profesión, portador de la cédula de identidad personal número 8-530-844, con oficinas profesionales ubicadas en Ciudad de Panamá, Corregimiento de San Francisco, Urbanización Coco del Mar, Vía Cincuentenario, Plaza de negocios “OFICINA 56”, Planta Baja, local 2, correo electrónico franciscojzappi@gmail.com , y localizable al número de celular 6677-1290, concurro con el respeto y cortesía característicos de mi persona , en calidad de ciudadano decente de la República de Panamá, en virtud del deber de todo buen ciudadano de denunciar ante la autoridad competente toda anomalía que transgreda normas legales, con el fin de poner en vuestro conocimiento posibles ilícitos los cuáles pudieron darse a raíz del proceso de recolección de fondos propiciado por el señor UBALDO VALLEJOS, con el declarado fin de financiar proceso de impugnación contra la candidatura del diputado Benicio Robinson Grajales en el circuito electoral 1-1, Provincia de Bocas del Toro, ante las correspondientes instancias electorales.
Nuestras preocupaciones se centran en que mediante esta recaudación de fondos por medio de donaciones para una causa de naturaleza política-electoral puedan surgir la comisión de varias conductas típicas, antijurídicas y culpables que tocaría su investigación al Ministerio Público.
I.PARTES DE LA PRESENTE DENUNCIA.
PARTE DENUNCIANTE:
El denunciante es el Licenciado FRANCISCO ZAPPI, Varón, ciudadano de la República de Panamá, jurista, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Personal No. 8-530-844, localizable al celular 6677-1290, quien acude ante este despacho para poner en conocimiento probables delitos que requieren ser investigados.PARTE DENUNCIADA:
El denunciado es el señor UBALDO ANTONIO VALLEJOS RAMÍREZ, Nacido el día 23 de febrero de 1958, portador de la cédula número 8-203-707, quién en el pasado torneo electoral del día domingo 5 de mayo de 2024 corriese para el cargo de diputado por el partido “Panameñista” en la circunscripción electoral correspondiente al circuito 1-1, residente en el distrito de Changuinola, Bocas del Toro.II.HECHOS FÁCTICOS FUNDAMENTO DE LA PRESENTE:
PRIMERO: Que al correr por una curúl de diputado por el circuito electoral 1-1 de la provincia de Bocas del Toro, el señor UBALDO ANTONIO VALLEJOS RAMÍREZ bajo la bandera del partido político “Panameñista”, torneo realizado elpasado domingo 5 de mayo de 2024, no fue electo, resultando favorecido con los votos de los electores el señor Benicio Robinson.
SEGUNDO: Que un grupo de ciudadanos, presuntamente organizados por el señor Ubaldo Vallejos, de lo que se desprende de notas redactas en varios medios informativos locales, organizó una recolección masiva de fondos usando el sistema“YAPPY” con el declarado fin de recolectar la suma de 25 mil balboas para adelantar el proceso de impugnación. El número de celular usado que aparece en diversas publicaciones es 6151-6140.
TERCERO: Que esta recaudación masiva de fondos (donaciones) nos llama poderosamente la atención debido a que no tenemos conocimiento de si existen medios o métodos de control o fiscalización de la misma, lo cuál brinda suspicacias debido al posible uso que se le puede dar al sistema bancario panameño para traspasar fondos que pueden ser producto de ilícitos por la vía de la organización de eventos como el expuesto en este caso, que bajo el ropaje de una “noble causa” y “loable fin” permitan el blanqueo de capitales producto de ilícitos.
CUARTO: El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), define el lavado de activos como el proceso al que se someten los ingresos producidos por el delito para ocultar su origen ilegal y legitimar las ganancias ilícitas de ese delito. El lavado de dinero (también conocido como lavado de capitales, lavado de activos, blanqueo de dinero,1 o blanqueo de capital) es el proceso de cambiar grandes cantidades de dinero obtenidas de delitos, como el narcotráfico, por otras de origen legítimo. Es un delito en muchas jurisdicciones con definiciones diversas. Es una operación esencial del crimen organizado y de la economía sumergida. El blanqueo de capitales comienza con la comisión de un acto delictivo de tipo grave (la obtención de beneficios ilegales en los mercados financieros u otros sectores económicos) y su inserción en la banca con el fin de que aparenten legitimidad.
QUINTO: Ponemos en este punto lo que nuestra legislación penal vigente define en su articulado como Blanqueo de Capitales;“Capítulo IV
Delitos de Blanqueo de CapitalesArtículo 254. Quien, personalmente o por interpuesta persona, reciba, deposite, negocie, transfiera o convierta dineros, títulos, valores, bienes u otros recursos financieros, previendo razonablemente que proceden de actividades relacionadas con el soborno internacional, los delitos contra el Derecho de Autor y Derechos Conexos, delitos contra los Derechos de la Propiedad Industrial, Tráfico Ilícito de Migrantes, Trata de Personas, tráfico de órganos, delitos contra el Ambiente, delitos de Explotación Sexual Comercial, delitos contra la Personalidad Jurídica del Estado, delitos contra la Seguridad Jurídica de los Medios Electrónicos, estafa calificada, Robo, Delitos Financieros, secuestro, extorsión, homicidio por precio o recompensa, Peculado, Corrupción de Servidores Públicos, Enriquecimiento Injustificado, pornografía y Corrupción de Personas Menores de Edad, robo o tráfico internacional de vehículos, sus piezas y componentes, Falsificación de Documentos en General, omisión o falsedad de la declaración aduanera del viajero respecto a dineros, valores o documento negociables, falsificación de moneda y otros valores, delitos contra el Patrimonio Histórico de la Nación, delitos contra la Seguridad Colectiva, Terrorismo y Financiamiento del Terrorismo, Delitos Relacionados con Drogas, Piratería, Delincuencia Organizada, Asociación Ilícita, Pandillerismo, Posesión y Tráfico de Armas y Explosivos y Apropiación y Sustracción Violenta de Material Ilícito, tráfico y receptación de cosas provenientes del delito, delitos de contrabando, defraudación aduanera, con el objeto de ocultar, encubrir o disimular su origen ilícito, o ayude a eludir las consecuencias jurídicas de tales hechos punibles, serásancionado con pena de cinco a doce años de prisión.”
“Artículo 255. Será sancionado con la pena a que se refiere el artículo anterior quien:
1. Sin haber participado, pero a sabiendas de su procedencia, oculte, encubra o impida la determinación, el origen, la ubicación, el destino o la propiedad de dineros, bienes, títulos valores u otros recursos financieros, o ayude a asegurar su provecho, cuando estos provengan o se hayan obtenido directa o indirectamente de alguna de las actividades ilícitas señaladas en el artículo anterior o, de cualquier otro modo, ayude a asegurar su provecho.
2. Realice transacciones personalmente o por interpuesta persona, natural o jurídica, en establecimiento bancario, financiero, comercial o de cualquiera otra naturaleza, con dinero, títulos-valores u otros recursos financieros procedentes de alguna de las actividades previstas en el artículo anterior.
3. Personalmente o por interpuesta persona, natural o jurídica, suministre a otra persona o establecimiento bancario, financiero, comercial o de cualquier otra naturaleza, información falsa para la apertura de cuenta bancaria o para la realización de transacciones con dinero, títulos valores, bienes u otros recursos financieros, procedentes de algunas de las actividades previstas en el artículo anterior.”
Nos llama la atención que el legislador, en su sana visión previsora, instituyó en el siguiente articulado una redacción para penalizar de forma especial aquellos que utilicen las actividades políticas como un método de limpiar dineros sucios. Citamos;“Artículo 256. Quien, a sabiendas de su procedencia, reciba o utilice dinero o cualquier recursofinanciero proveniente del blanqueo de capitales, para el financiamiento de campaña política o de cualquier naturaleza, será sancionado con prisión de cinco a diez años.”
SEXTO: Luego de enterarnos de la actividad organizada por el señor UBALDO VALLEJOS RAMIREZ, en la que captó fondo de forma masiva, con el fin de lograr que los particulares le financiasen proceso de impugnación ante el Tribunal Electoral de la candidatura del Señor Robinson, cuyo monto es de VEINTICINCO MIL BALBOAS, pero cuya recaudación pudo ser inclusive por un monto mayor, debido a la ausencia de información suministrada sobre el monto alcanzado, sobrela identidad de los donantes y a las actividades a las que se dedican. Surge en nosotros la inquietud justificada de que actividades como esta pueden prestar para la conducta tipificada, antijurídica y culpable del delito de Blanqueo de Capitales.III. SOLICITUD
Honorables Señores del Ministerio Público: Los hechos aquí denunciados pueden revestir de una gravedad significativa por lo que luego del respectivo análisis jurídico fáctico, instamos a que se envíen comunicaciones a los diversos entes de control financiero como pueden ser la Unidad de Análisis Financiero (UAF), la Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP), Dirección General de Ingresos (DGI), entre otros, a fin de determinar si se dieron las actividades de involucramiento de capitales producto de ilícitos en la recolección de fondos de múltiples fuentes organizada por el señor Vallejos por medio del sistema “Yappy”.
De haberse dado algo semejante, instamos al Ministerio Público a cumplir sus funciones e iniciar las investigaciones pertinentes.Adjuntamos impresiones de diversos medios informativos sobre la actividad descrita.
FUNDAMENTOS DE DERECHO: Constitución Política, Código Judicial, Código Procesal Penal, Código Penal vigente, Código Administrativo, Ley 51 del 29 de Septiembre de 2010, Decreto Ejecutivo No. 1445 de 13 de Diciembre de 2011así como todas las normas concordantes y supletorias.
Fecha: La de su presentación
FRANCISCO ZAPPI