Resumen: El diputado Ernesto Cedeño anunció que presentará una demanda ante la Corte Suprema de Justicia contra el Presupuesto General del Estado para 2027. La acción legal se fundamenta en las restricciones presupuestarias impuestas al Órgano Judicial y al Ministerio Público, las cuales incumplirían el mandato constitucional del 2 % de los ingresos corrientes. Asimismo, el diputado cuestiona las excepciones a la Ley de Contrataciones Públicas que permiten compras directas inferiores a B/.1 millón en instituciones clave.
El debate fiscal en Panamá escala a los tribunales. El diputado Ernesto Cedeño confirmó que interpondrá un recurso de inconstitucionalidad antes del próximo 1 de enero de 2027. ¿El motivo principal? Las asignaciones presupuestarias aprobadas para la administración de justicia no alcanzan el umbral mínimo que exige la Constitución Política de la República.
El pulso por la autonomía de la justicia
La controversia gira en torno al incumplimiento del artículo 214 de la Carta Magna. Este apartado fija un mínimo conjunto del 2 % de los ingresos corrientes del Gobierno Central para el Órgano Judicial y el Ministerio Público. Con las cifras publicadas en la Gaceta Oficial, ese porcentaje representa B/.289,2 millones, mientras que la ley asignó un monto conjunto cercano a B/.649,6 millones pero con recortes notables frente a lo solicitado por las propias entidades.
Para entender la magnitud de la diferencia, la siguiente tabla detalla las peticiones institucionales frente a los fondos finalmente aprobados:
| Institución | Solicitud Original | Asignación Aprobada | Diferencia | Inversión Solicitada vs Aprobada |
|---|---|---|---|---|
| Órgano Judicial | B/.398,6 millones | B/.352,3 millones | -B/.46,3 millones | B/.24,4M / B/.8M |
| Procuraduría General | B/.242,1 millones | B/.204,9 millones | -B/.37,2 millones | N/D |
| Procuraduría de la Administración | B/.13,37 millones | B/.13,17 millones | -B/.200 mil | B/.13,37M / B/.13,17M |
La merma en estos recursos golpea de manera directa la capacidad operativa de los tribunales. La ley aprobada vulnera la separación de poderes consagrada en el artículo 2 de la norma fundamental. La verdad es que sin presupuesto suficiente, la promesa de una justicia pronta y cumplida se debilita.
Las excepciones en las contrataciones públicas
El frente de batalla del diputado no se limita al sector judicial. La demanda también apunta directamente contra los artículos 29 al 32 de la Ley 563 y el polémico artículo 370. Esta disposición otorga un régimen especial a entidades como el Metro de Panamá, el Idaan y varios ministerios para adquirir servicios técnicos y repuestos por montos inferiores a B/.1 millón.
La regla general en el sistema panameño es la licitación pública, tal como lo recuerda el artículo 266 de la Constitución. Crear excepciones sin definir con precisión los criterios de urgencia o interés general abre la puerta a la discrecionalidad. Cedeño advierte que los controles actuales resultan insuficientes para evitar la fragmentación contractual por parte de los proveedores.
Antecedentes judiciales que marcan el camino
No es la primera vez que un presupuesto estatal tropieza con la valla de la constitucionalidad. El 23 de diciembre de 2021, el pleno de la Corte Suprema de Justicia ya emitió un fallo histórico donde declaró inconstitucionales disposiciones presupuestarias similares en cuanto al manejo de los fondos de la justicia.
Los magistrados tienen ahora sobre la mesa un expediente complejo. La decisión que adopten antes del inicio de la vigencia fiscal el 1 de enero redefinirá los límites del poder ejecutivo en la asignación de recursos y el respeto a la autonomía institucional.
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