Una nueva propuesta legislativa en Panamá busca penalizar el exhibicionismo en espacios públicos, estableciendo penas de hasta siete años de prisión para quienes incurran en este tipo de actos. La iniciativa, acogida por la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional, pretende modificar el Código Penal para abordar una problemática que, según sus proponentes, se ha vuelto cada vez más frecuente y preocupante.
El proyecto de ley N° 169, presentado por el diputado Manuel Cheng, plantea la inclusión del artículo 179 A, que penaliza explícitamente los actos de exhibicionismo sexual en lugares públicos o accesibles al público. La propuesta detalla diferentes niveles de sanción, dependiendo del contexto en el que se produzca el acto.
Según la exposición de motivos del proyecto, la simple exhibición de genitales o actos de carácter sexual con propósito lascivo en espacios públicos podría acarrear penas de prisión de 1 a 2 años. Sin embargo, la sanción se agrava si el acto se comete en espacios considerados protegidos, como escuelas, hospitales, iglesias, instalaciones deportivas o en el transporte público, elevando la pena a entre 2 y 4 años de cárcel.
La penalización más severa, de 4 a 7 años de prisión, se aplicaría en los casos en que el acto de exhibicionismo se realice en presencia de personas menores de edad. Este endurecimiento de las penas busca proteger a los menores de la exposición a este tipo de conductas, consideradas perjudiciales para su desarrollo.
El diputado Cheng defendió su propuesta argumentando que no se trata de un proyecto “moralista”, sino de una herramienta legal necesaria para sancionar una conducta que se ha convertido en una “realidad evidente y preocupante”. Señaló la proliferación de actos de exhibicionismo sexual en lugares donde conviven familias, niños, jóvenes y adultos mayores, donde actualmente no existe una norma penal clara que permita sancionarlos adecuadamente.
El diputado también mencionó casos específicos que han sido objeto de investigación por parte del Ministerio Público, como los ocurridos en baños de centros comerciales y en el transporte público. Estos incidentes, que a menudo se viralizan en redes sociales, generan indignación y vergüenza en la ciudadanía, pero no siempre pueden ser sancionados bajo las leyes existentes, a menos que escalen a delitos más graves como corrupción de menores o actos libidinosos.
Cheng argumentó que, históricamente, el exhibicionismo se ha tratado como una falta contra la moral y las buenas costumbres. Sin embargo, enfatizó que este tipo de actos “vulneran la libertad y la integridad sexual de quienes, sin su consentimiento, son sometidos a material de carácter sexual”.
Además de la penalización de los actos de exhibicionismo, el proyecto de ley incluye un segundo artículo que atribuye funciones de sensibilización y prevención de este tipo de conducta a los Ministerios de Seguridad Pública, de Educación y al de Desarrollo Social. Esta medida busca complementar la sanción penal con acciones educativas y de concientización, con el objetivo de prevenir la ocurrencia de estos actos en el futuro.